La Comisión de Ciencias Naturales y Medio Ambiente de la Academia de Ciencias de la República Dominicana y el Equipo Ambiental de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), tras analizar la sentencia emitida por el Tribunal Superior Administrativo (TSA) que pretende propiciar la modificación de los límites del Parque Nacional Jaragua para facilitar el desarrollo de proyectos a favor de un particular, reiteraron los términos del comunicado previo de la Coalición para la Defensa de las Áreas Protegidas, de la cual forman parte.
Las entidades consideraron que la referida sentencia resulta
altamente sospechosa, ya que se alinea con pretensiones históricas provenientes
de sectores políticos, empresariales, legislativos, inversionistas, militares,
funcionarios y religiosos, que durante años han impulsado iniciativas
orientadas a cercenar los límites de las áreas protegidas para beneficio
particular, en detrimento del interés colectivo.
Indicaron que dicha sospecha cobra mayor fuerza al
comprobarse que la decisión del TSA viola el mandato expreso del artículo 16 de
la Constitución dominicana, el cual establece que la vida silvestre, las
unidades de conservación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y los
ecosistemas y especies asociados son bienes patrimoniales inalienables,
inembargables e imprescriptibles, y que los límites de estas áreas solo pueden
reducirse mediante ley aprobada por las dos terceras partes de ambas cámaras
del Congreso Nacional.
Asimismo, recordaron que la Ley Sectorial sobre Áreas
Protegidas 202-04 establece que el Sistema Nacional de Áreas Protegidas tiene
carácter definitivo, es irreducible en cada una de sus partes y en su
totalidad, y que las áreas públicas bajo régimen legal de protección
constituyen un componente inalienable, imprescriptible e inembargable del
patrimonio estatal, no transferible bajo ninguna circunstancia.
Las comisiones advirtieron que preocupa que esta sentencia
pueda constituir un ensayo con pretensiones más amplias, tomando al Parque
Nacional Jaragua como punto de partida para desmembrar progresivamente el
Sistema Nacional de Áreas Protegidas completo, amparado en formalidades
judiciales, con el objetivo de oficializar viejas aspiraciones de apropiación
de los espacios que resguardan el patrimonio natural y cultural de la nación.
Recordaron que tales pretensiones atentan contra el presente
y el futuro del país, ya que las áreas protegidas y su biodiversidad asociada
proveen servicios ambientales esenciales como la calidad del aire, el
suministro de agua, la seguridad alimentaria, la pesca, el turismo, la
regulación climática, el control de la erosión y la mitigación de los efectos
del cambio climático.
En ese sentido, enfatizaron que ninguna sentencia puede
poner en riesgo el bienestar colectivo para favorecer intereses particulares,
por lo que llamaron a rechazar y enfrentar cualquier esfuerzo que procure la
destrucción o reducción de las áreas protegidas.
Finalmente, las entidades expresaron su esperanza de que el
Tribunal Constitucional derogue la improcedente e inexplicable sentencia y
consolide el Sistema Nacional de Áreas Protegidas como bien público
fundamental, cerrando definitivamente el paso a las pretensiones históricas de
apropiación de los bienes colectivos.

