Armariodenoticias.com

Instituto Duartiano formaliza querella por ultraje al Himno Nacional

Santo Domingo, R.D.- El Instituto Duartiano, en una rueda de prensa encabezada por su presidente, el doctor Wilson Gómez Ramírez, informó hoy que formalizó una denuncia ante la Procuraduría General de la República y la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional contra Yoseli Castillo Fuertes por ultraje e injuria al Himno Nacional dominicano.


La entidad patriótica calificó la acción como "deleznable", cometida con inequívoca grosería, la cual, consideró que inflige una honda herida en el sentimiento patriótico del pueblo dominicano.

El doctor Gómez Ramírez, acompañado de otros directivos de la entidad, subrayó que este hecho atenta contra la respetabilidad, la honra y la memoria de los dominicanos, toda vez que "resulta perjudicial para los principios y valores de la nación y transgrede las disposiciones constitucionales y legales que protegen nuestro emblema sonoro nacional", afirmó.

En sus declaraciones, recordó que, si bien la Constitución protege el derecho a la libre expresión, su ejercicio está supeditado al respeto por el honor, la dignidad y la moral de las personas e instituciones, y destacó el artículo 33 de la Carta Magna, que establece que "El Himno Nacional es la composición musical de José Reyes con letras de Emilio Prud’homme, y es único e invariable".

El presidente del Instituto Duartiano también hizo hincapié en la ley número 210-19, que regula el uso de los Símbolos Patrios, y su artículo 39, que sanciona con penas de uno a tres meses de prisión y multa cinco a veinte salarios mínimos a quienes cometan ultraje contra estos símbolos. Sin embargo, enfatizó que la denuncia se ampara en una legislación más severa debido al uso de las redes sociales para la comisión del delito.

En este sentido, se citó la ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, explicando que, según el artículo 2 de esta disposición, la denuncia y el correspondiente procesamiento contra la nombrada Yoceli Castillo Fuertes es procedente, ya que el delito fue cometido a través de medios electrónicos; por tanto, aplica 2 de esta disposición, la cual precisa que aún estando en el extranjero si el delito tiene repercusión en nuestro país es pasible de enjuiciamiento aquí.
Artículo Anterior Artículo Siguiente
Magspot Blogger Template
Magspot Blogger Template

نموذج الاتصال