El domingo no se labora, por lo que el empleador debe facilitar para el voto

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El Ministerio de Trabajo informó a toda la colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana, que el domingo 05 de julio del año en curso, día en que se celebran las elecciones presidenciales y congresuales, no se labora.
Así lo establece la Ley Orgánica de Régimen Electoral de la República Dominicana (No.15-19), en su artículo 211, que señala “el día en que se celebren elecciones no será laborable en el territorio en que hayan de efectuarse”.
La misma norma dispone que “cuando se trate de trabajos que no puedan ser suspendidos, los empleadores estarán obligados a disponer cuanto sea necesario para que todos los empleados y trabajadores hábiles para votar que tengan a su servicio dispongan del tiempo que fuere menester para hacerlo, sin que por ese motivo sufran ninguna merma en sus salarios y otros derechos que les correspondan”.
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