Percival jamás volará un avión

Alejandro Herrera
El director del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) dijo esta mañana que el general retirado Rafael Percival Peña no volverá jamas a pilotar una aeronave. Alejandro Herrera manifestó que “si volara tendrá que hacerlo como pasajero, no como piloto”. Ayer a las 11:00 de la mañana una avioneta pilotada por Pércival Peña hizo varios vuelos rasantes sobre el Palacio Nacional.
El funcionario indicó que las intenciones terroristas conllevan la cancelación de la licencia de piloto y que independientemente que sea candidato a senador por el Partido de Unidad Nacional las investigaciones siguen abiertas y que la aeronave tiene impedimento de salida.  Percival Peña “hizo un desafío a la seguridad nacional, realizó varios vuelos adrede y después con lo que dijo”, expresó.
Herrera dijo que cuando se concluyan las investigaciones les será notificada la acción a los países miembros de acuerdo internacionales de aeronavegación, entre ellos Estados Unidos.  Sostuvo que se trató de un acto político electoral para llamar la atención y que Percival Peña procuraba que lo detuvieran para convertirse en víctima.
Mientras que el consultor jurídico del IDAC, licenciado José Valdez, advirtió que los reglamentos de aplicación de la ley 491-06 establecen sanciones pecuniarias, suspensión o cancelación de la licencia. “Una persona que tenga licencia que incurra en una violación a la ley, esa unidad se encarga de agotar el proceso que conlleva la cancelación de la licencia”, dijo.
“El proceso de investigación determinará la cancelación y el IDAC está obligada aplicar la ley y los reglamentos”, añadió.
Esto es un requisito internacional de la Unidad de Resolución de casos de Seguridad, y esa unidad corresponde a la Dirección de Normas de Vuelos, explicó.
La Dirección de Normas de Vuelos es la que tiene que ver con la emisión de permiso y licencia al personal aeronáutico.
En tanto que Pércival Peña dijo que sobre el Palacio “lancé sólo papeles, quisiera haber podido lanzar otra cosa, pero la nave no lo resiste”.
Detalló que sobrevoló el Senado, el Tribunal Superior Electoral y la Suprema Corte de Justicia.
La Ley de Aviación Civil de la República Dominicana, propiamente no establece ninguna sanción cuando una aeronave sobrevuela zonas prohibidas y restringidas como ocurrió ayer en el Palacio Nacional, en una aeronave pilotaba por el general retirado Pércival Peña.
La ley 491-06, establece que el piloto al mando de una aeronave que vuele sobre una zona prohibida deberá justificar ante el Instituto Dominicano de Aviación Civil los motivos de la infracción.
Zonas prohibidas
“El director o directora General hará saber a los interesados, por los medios usuales, las zonas o regiones sobre las cuales está prohibido o restringido el vuelo de las aeronaves. En los casos de zonas restringidas las aeronaves deberán observar todas las limitaciones y restricciones que se establezcan al respecto”, dice el artículo 153 de las Ley de Aviación Civil.
“El piloto al mando de una aeronave que vuele sobre una zona prohibida deberá justificar ante el Instituto Dominicano de Aviación Civil los motivos de la infracción. En el caso de que le fuere ordenado aterrizar, mediante mandato expreso o de acuerdo a señales reglamentarias, el piloto al mando deberá aterrizar en el aeródromo apropiado mas próximo a la zona prohibida o según haya sido instruido”, articulo 154.
Prohíbe emplear los servicios relacionados con cualquier aeronave civil utilizada en la aviación civil a un personal aeronáutico que no tenga la licencia correspondiente que autoriza a esa persona a servir en el puesto para el cual ha sido empleada; d) conducir operaciones como operador aéreo sin un certificado o en violación a los términos de dicho certificado; e) operar una aeronave en la aviación civil en violación de cualquier regla, reglamentación o certificado expedido por el director o directora general conforme a la presente ley; f) mientras sea titular de un certificado expedido a una escuela o taller de mantenimiento aprobado, según lo estipulado en esta ley, violar cualquier termino, condición, o limitación de la misma.
UN APUNTE
Otras prohibiciones
Está prohibido además hacer vuelos con maniobras acrobáticas sobre cualquier lugar poblado o hacer espectáculos públicos de acrobacia en lugares que no sean despoblados o en aeródromos, sin la previa autorización escrita del director o directora general. La operación de salto en paracaídas, paracaídas adheridos a botes, chichiguas, aeronaves no tripuladas, cohetes, fuegos artificiales y cualquier otro objeto, que no constituya una aeronave, que se eleve o que atraviese el es
Fuente: El Nacional

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